Sábado 27 de Abril 2024
PRÉSTAMO SOLDIARIO

Comienza el cobro del Préstamo solidario 2020 a través de retención de impuestos

Contempló una tasa de interés del 0%.

Préstamo Solidario 2020. Fuente: (Google).
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Finalmente, el Servicio de Impuestos Internos (SII) comenzó a cobrar parte del Préstamo solidario para la Clase Media 2020, el beneficio que entregó el Estado el año pasado a raíz de la pandemia de COVID y que contempló una tasa de interés del 0%.

Vale remarcar que el plan de pago de este beneficio comienza a partir de abril del 2022, sin embargo, el mecanismo para la devolución del dinero contempla que se deben ir abonando los reintegros anuales a partir de septiembre.

Fuente: (Google).

Según lo trascendido, para cobrar este dinero, el Servicio recargará un 3% a través de retenciones de impuestos. De esta manera, se realizará esta operación mediante descuentos por planilla, retenciones en boletas de honorarios y pagos provisionales mensuales.

El plan tendrá un plazo de pago que cuenta con un año de gracia (desde 2020). En ese sentido, el primer pago anual será en abril de 2022 (por un 10% del monto total solicitado), y los tres siguientes pagos en los años de 2023, 2024 y 2025 por un 30% del monto total.

Fuente: (Google).

Además, el pago de cada cuota anual de abril del periodo 2022-2025 no podrá superar el 5% de los ingresos totales de la persona durante el año anterior.

Fuente: (Twitter de SII).

Por otra parte, a partir de este miércoles 8 del corriente mes estarán abiertas las inscripciones para el Préstamo solidario 2021 para la Clase Media, en el sitio web del SII. Las peticiones se podrán realizar hasta el jueves 30. Se trata de un crédito de hasta $650.000 que se puede pedir en tres oportunidades. Sin embargo, si la persona recibió los $500.000 del Bono Clase Media, solamente se permiten dos solicitudes.

Dicho beneficio económico podrá ser pedido por aquellos trabajadores que sufrieron una disminución de al menos un 10% en sus ingresos entre el segundo semestre de 2019 y el mismo periodo de 2020. También aquellos pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia, cuyas pensiones sean iguales o menores a $408.125.