Sábado 27 de Abril 2024
PENSIÓN DE GRACIA

Pensión de Gracia: ¿A cuánto aumenta?

Conoce todos los detalles de este beneficio.

Pensión de Gracia. Fuente: (Google).
Escrito en ACTUALIDAD el

El Gobierno de Chile continúa con las ayudas a los sectores más vulnerables de la sociedad. Una de ellas es la Pensión de Gracia, bono que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de todas aquellas personas que realmente la necesiten. En este marco de pandemia, las autoridades decidieron incrementar el monto. ¿A cuánto aumenta y cuáles son los requisitos exigidos?

A causa de la revalidación del ingreso mínimo mensual, cuyo nuevo monto, recientemente, fue despachado por la Cámara de Diputadas y Diputados para convertirse en ley, el Presidente de la República y su Gabinete anunciaron un incremento en el monto de la Pensión de Gracia.

Fuente: (Google).

Este bono entrega un monto variable que está fijado en ingresos mínimos no remuneracionales. Es por eso que el aumento de los valores del sueldo de los trabajadores repercutió en esta ayuda. En enero de 2022, el ingreso mínimo para efectos era de $225.606; y desde mayo de este año, quedó fijado en $244.944.

En enero de 2022, el ingreso mínimo para efectos era de $225.606; y desde mayo de este año, quedó fijado en $244.944.

Fuente: (YouTube/Diputadas y Diputados de Chile).

Cabe destacar que todos los beneficiarios de la Pensión de Gracia reciben el mismo monto, ya que una comisión especial es la encargada de sugerir el valor de la pensión. Y además, este pago tendrá un aumento en agosto de este año, debido a que en ese mes, entrará en vigencia la nueva alza del ingreso mínimo.

Fuente: (Google).

Requisitos a cumplir:

La Pensión de Gracia la pueden solicitar quienes cumplan con alguno de estos requisitos:

  • Haber prestado servicios distinguidos o haber realizado actos especialmente meritorios, en beneficio importante del país, más allá de su deber personal.
  • Estar afectadas por accidente o catástrofe, respecto de las cuales existan circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de una pensión.
  • Se encuentren incapacitadas o con graves e insalvables dificultades para ejercer labores remuneradas, que les permitan su subsistencia y la del grupo familiar que viva a sus expensas, en razón de enfermedad, invalidez, vejez o cualquier otra causa debidamente justificada.
  • Estar afectadas por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameritan la entrega de este beneficio.