Durante la noche del viernes 29 de septiembre, desde el Gobierno de la Nación confirmaron el ingreso del veto presidencial a la Ley de Usurpaciones, la cual fue aprobada por el Congreso el 30 de agosto pasado.
La encargada de hacer el anuncio sobre el veto de la Ley de Usurpaciones, fue la titular del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, quien además detalló que las observaciones del Ejecutivo se centrarán en tres ejes.
De acuerdo a información publicada por el portal de noticias “24 Horas”, esos ejes del veto a la Ley de Usurpaciones corresponden a los siguientes aspectos: la autotutela o legítima defensa privilegiada, la graduación de las penas y los instrumentos para concretar la restitución de los bienes.
"Son varias observaciones distintas, 10 son de fondo y 4 que son formales".
"En las conversaciones vimos que había distintas observaciones y lo que preferimos entonces es hacer un veto en que se formula cada observación por separado. Son varias observaciones distintas, 10 son de fondo y 4 que son formales. Y cada una es distinta, algunas son aditivas, otras son supresivas, otras son sustitutivas. Hay de todos los tipos según el contenido", declaró la funcionaria.
Análisis de cada uno de los ejes del veto a la norma
Sobre el primer eje del veto a la Ley de Usurpaciones, Carolina Tohá, explicó que "en el caso de la usurpación, hace valer las reglas generales sobre legítima defensa y sobre detención ciudadana. Entonces, se saca todo este régimen especial que se había creado acá, que fomentaba la autotutela y que permitía que las personas pudieran por sus propias manos, con armas, con terceros y en cualquier momento, ir a hacer reivindicación de su bien".
"Se hizo salvaguardando que el delito se mantenga como un delito permanente y que, en todo momento, puedan actuar las policías. Entonces, no va a haber esta autotutela, pero sí va a haber la posibilidad de acción de las policías en cualquier momento. Eso, hoy día, no existe", acotó.
Respecto del segundo eje, la ministra detalló que "se hace una modificación de las penas que estaban previstas para hacerlas graduales. Respecto de la usurpación que se hace con intimidación, se deja la pena que propuso el Parlamento tal como estaba, que es un presidio menor en su grado medio a máximo. Esa es la pena que propuso el Parlamento y no se toca".
"Lo que se hace es separar la situación en que en la usurpación no hay intimidación en las personas, pero sí hay daño en las cosas. Ahí se establece igual pena de cárcel, pero en un grado inferior. Entonces, queda presidio menor en su grado medio. Y en el caso de la usurpación pacífica, donde no hay intimidación a las personas, lo que se establece es que el juez va a definir si hay pena de cárcel, que en este caso sería presidio menor en su grado mínimo, o hay multa", añadió.
Por último, sobre el tercer eje, Carolina Tohá señaló que “es una cosa bien puntual y es que hay instrumentos por los cuales los propietarios pueden pedir que le restituyan el bien cuando está judicializado el caso. El que estableció la ley se llama tercería. De aquí se agregó otro más, es otra modalidad para pedir la restitución que se llama restitución anticipada. Es simplemente una modalidad por la cual se pide que se entregue para disponer del bien cuando hay un proceso judicial en curso".