Lunes 29 de Abril 2024
BONO DE RECONOCIMIENTO

Bono de Recuperación: ¿Qué es y quiénes pueden recibirlo?

Pensando en la jubilación.

Bono de recuperación. Fuente: (Google).
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El Bono de Reconocimiento es un beneficio al que pueden acceder muchas personas que están cerca de jubilarse. Los destinatarios son aquellos que, incluso si están cotizando una AFP, aún tienen imposiciones en el antiguo sistema de pensiones.

De acuerdo con lo que informó el Instituto de Previsión Social (IPS), el Bono de Reconocimiento lo pueden recibir los trabajadores que optaron por cambiarse desde las ex Cajas de Previsión Social a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Jubilación. Fuente: (Google).

“Corresponde a un bono entregado por el Estado a los trabajadores que estuvieron afiliados a alguna de las ex Cajas de Previsión Social y, luego, se traspasaron a una AFP. Este bono intenta capturar el aporte que realizaron los trabajadores al antiguo sistema”, dijo Alejandra López, gerenta de Proyectos de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AAFP).

"A los trabajadores que estuvieron afiliados a alguna de las ex Cajas de Previsión Social".

A diferencia de otros beneficios, el Bono de Reconocimiento no se entrega a la persona en dinero de forma directa, en cambio, se trata de un abono a su Cuenta de Capitalización Individual de Ahorro Previsional. Esto se acredita cuando la persona alcanza la edad de jubilación, que hoy por hoy es a los 60 años en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres.

Protesta contra AFP. Fuente: (Google).

Para acceder al Bono de Reconocimiento, el trabajador debe contar con “al menos 12 imposiciones en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980”, según informaron desde el IPS.

“Si no se cumple el requisito anterior, se debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación a una AFP”, aclararon también.

Protesta contra AFP. Fuente: (Google).

¿Cuándo se acredita?

Por último, el beneficio, con sus reajustes e intereses, queda depositado en la Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias en los siguientes casos:

-Cuando el afiliado cumple la edad para pensionarse por vejez, es decir, a los 60 o 65 años, según se trate de mujer u hombre, respectivamente.

-Si el afiliado fallece.