Este viernes 1 de diciembre, entró en vigencia la ley que refuerza el Seguro de Cesantía en nuestro país, y la nueva normativa establece importantes cambios en el beneficio, y entre los más destacados está la flexibilización de los requisitos para el acceso.
De acuerdo a lo informado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entre los otros cambios en el Seguro de Cesantía, está el fortalecimiento del beneficio, como así también la activación preferencial en estado de catástrofe.
Sobre la disminución en los requisitos del Seguro de Cesantía, la AFC detalló que tiene que ver en concreto con la disminución en el mínimo de cotizaciones para el acceso a los pagos respectivos.
El detalle de los cambios
- Cuenta Individual de Cesantía (CIC): si el beneficiario tiene contrato indefinido o es trabajador(a) de casa particular, con los cambios va a necesitar 10 cotizaciones en vez de las 12 que necesitaba antes de esta reforma. En el caso de contrato fijo o por obra, ahora son 5 en lugar de 6.
- Fondo de Cesantía Solidario: cualquiera sea el tipo de contrato que haya tenido la persona, se necesitan 10 cotizaciones, las 3 últimas continuas y con el mismo empleador, disminuyendo la exigencia anterior de 12 cotizaciones.
El fortalecimiento de los beneficios
Fortalecerá sus beneficios para sus dos fuentes de financiamiento.
- El Seguro de Cesantía fortalecerá sus beneficios para sus dos fuentes de financiamiento: la Cuenta Individual y el Fondo de Cesantía Solidario. Las modificaciones son las que se detallan a continuación:
- Cuenta Individual con todo tipo de contrato: aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60 por ciento de la renta imponible promedio.
- Fondo de Cesantía Solidario con contrato indefinido: aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60 por ciento de la renta imponible promedio.
- Fondo de Cesantía Solidario con contrato a plazo fijo o por obra/faena: aumenta el primer pago a un 60 por ciento de la renta imponible promedio y el beneficio se extiende de tres a cinco pagos mensuales.